Los derechos de los trabajadores de casas particulares

En el tradicional micro del organismo previsional, su titular brindó nociones al respecto. El personal de casas particulares puede percibir: asignación universal por hijo, asignación por hijo con discapacidad, ayuda escolar anual. También tiene derecho a beneficios previsionales: jubilación, pensión por fallecimiento y retiro por invalidez.

El gerente regional de Anses Litoral, Sebastián Mastropaolo, se refirió en el micro televisivo del programa Apto para Todo Público a los beneficios de los que goza el Personal de las casas particulares.

“Es un tema por el cual tenemos muchas consultas, hay una realidad y es que en el último tiempo se busca una órbita de legalidad, algo que costó y todavía cuesta bastante que las personas entiendan la importancia de que tengan su situación laboral legal”, dijo el funcionario del organismo previsional.

“Pueden congregarse diferentes situaciones en este universo”, aclaró Mastropaolo en referencia que los puestos que se pueden desempeñar son jardinero, mayordomo, cuidado de personas, limpieza, entre otros.

El personal de casas particulares puede percibir: asignación universal por hijo, asignación por hijo con discapacidad, ayuda escolar anual. También tiene derecho a beneficios previsionales: jubilación, pensión por fallecimiento y retiro por invalidez.

“Es un mito que si el personal se pone en blanco pierde beneficios”, sostuvo Mastropaolo.

Por último aclaró que “las mujeres embarazadas que trabajen en casas particulares tienen derecho a percibir Asignación Universal por embarazo para la Protección Social. El beneficio se tramita cumplidas las 12 semanas de gestación y se paga hasta los 6 meses”.

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