La provincia entregó escrituras afectadas como bien de familia en Rafaela

Fue este jueves, en el marco del programa Protegé tu Casa, una herramienta del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos destinada a resguardar la vivienda familiar.

El secretario de Gestión Pública del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, Matías Figueroa Escauriza, entregó este jueves 67 escrituras afectadas como bien de familia en Rafaela, en el marco del programa Protegé tu Casa. Con esta entrega, se completaron 500 escrituras otorgadas en la Región 2 Nodo Rafaela.

Esta iniciativa es una herramienta jurídica destinada a resguardar la vivienda familiar, llevada adelante por la dirección provincial del Registro General de la Propiedad.

“Las casas están sujetas a riesgos que muchas veces no conocemos y la ley otorga, a través de un trámite sencillo, una protección jurídica que resguarda la vivienda familiar”, señaló Figueroa Escauriza.

“En momentos de crisis económica, el vecino puede vivir tranquilo porque va a tener su techo. Los juicios y remates por desalojos suelen empezar tres años después de comenzada la crisis”, mencionó.

El secretario recordó, además, que “desde 2016, le dimos más funciones al Registro de la Propiedad para que los ciudadanos y profesionales no tengan que viajar a Santa Fe para hacer los trámites”. Se trata de un programa que apunta a acercar el Registro de la Propiedad al usuario llevándolo a los barrios, informando directamente a la población y simplificando el trámite para garantizar un acceso masivo a la institución protectora.

También participó del acto, el coordinador de la Región 2 Nodo Rafaela, Fernando Javier Muriel.

PROTEGER LA VIVIENDA

La afectación como bien de familia es una protección jurídica destinada a resguardar el asiento de la familia frente a las adversidades económicas. Mediante un acto administrativo gratuito que se realiza en el Registro General de la Propiedad y sus sedes en los nodos de la provincia, se puede acceder a este derecho.

Esto permite que el hogar no sea ejecutado por deudas posteriores a la afectación. Si tienen un embargo o una hipoteca, igualmente se puede proteger la vivienda para futuras deudas, pero las contraídas con anterioridad sí pueden atacar el inmueble.

Pueden ser beneficiarias las personas propietarias afectantes en su propio beneficio: cónyuge, conviviente, ascendientes (padres, abuelos), descendientes (hijos, nietos) y, a falta de los anteriores mencionados, pueden designar a sus parientes colaterales de hasta tercer grado, con la obligación de que convivan en el inmueble protegido (hermanos, sobrinos, tíos).

El objetivo de este programa es que el vecino pueda hacer el trámite de manera descentralizada y gratuita. Es sencillo y tiene cuatro requisitos básicos: ser titular registral del inmueble y presentar la escritura original, que el titular registral complete los formularios, y presentar una boleta de API, sin importar que esté paga o no. Si se desea, se pueden designar beneficiarios.

 

(Fuente: Prensa GSF)

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